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  • Foto del escritorClara Correa

Funcionamiento de las incapacidades en el marco de los nuevos lineamientos de aislamiento COVID-19


Ministerio de Trabajo y Ministerio de Salud expiden circular conjunta sobre el funcionamiento de las incapacidades en el marco de los nuevos lineamientos de aislamiento y toma de pruebas COVID-19


El 13 de enero, el Ministerio de Salud en conjunto con el Ministerio del trabajo expidieron la Circular 004 de 2022 dirigida a los empleadores, trabajadores dependientes, independientes, contratistas y a las instituciones prestadoras de servicios de salud respecto de las medidas de aislamiento que se recomienda adoptar y el funcionamiento de las incapacidades y certificados de aislamiento.


La circular contempla 3 casos se explican a continuación:


1. Personas sintomáticas independiente de su estado de vacunación, edad o factores de riesgo, deben realizar aislamiento durante 7 días desde el inicio de los síntomas. Este aislamiento no requiere prueba diagnóstica, es decir, basta con presentar síntomas relacionados con el COVID-19 para realizar el aislamiento desde el inicio de los síntomas. En relación con el certificado de aislamiento o de incapacidad, se recomienda al médico tratante indagar sobre la actividad laboral que desarrolla el paciente y la posibilidad de realizar teletrabajo, trabajo remoto o trabajo en casa para establecer la incapacidad, teniendo en cuenta el estado clínico del paciente sin necesidad de prueba diagnóstica.


2. Personas asintomáticas con esquema de vacunación incompleto o sin vacunarse que hayan tenido contacto estrecho con un caso confirmado de COVID 19, deben aislarse 7 días desde el primer día de la exposición. Respecto del certificado de incapacidad o de aislamiento se recomienda al médico tratante indagar sobre la actividad laboral que desarrolla el paciente y la posibilidad de realizar teletrabajo, trabajo remoto o trabajo en casa; de no ser viables estas modalidades se sugiere ordenar la toma de prueba Covid19. Si el resultado es negativo, el trabajador puede reintegrarse a las actividades presenciales.


3. Personas asintomáticas con esquema de vacunación completo: Aquellas personas que hayan tenido un contacto estrecho con un caso confirmado de COVID 19 no requieren realizar aislamiento, pero si evitar aglomeraciones, eventos o visitar personas mayores de 60 años, menores de 3 años o con algún factor de riesgo durante 7 días desde el inicio de la exposición.


No se requiere una prueba COVID-19 como requisito para regresar a desempeñar las actividades laborales al culminar el aislamiento.


Se insiste en observar las medidas de protección laboral adoptadas por el Ministerio del Trabajo contenidas en las Circulares 0021 de 17 de marzo de 2020, 0022 de 19 de marzo de 2020, 0027 de 29 marzo de 2020, 033 de 17 de marzo de 2020, 041 de 02 de junio de 2020, 047 de 5 de agosto de 2021 y 03 de 12 de enero de 2022 para proteger el empleo y la actividad productiva debido a la emergencia sanitaria.

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