Valor que debe reconocer el empleador al trabajador cuando termina el contrato sin justa causa, con independencia de la modalidad contractual o salarial pactada.
Indemnización en contratación a término indefinido:
En los contratos a término indefinido los días de indemnización dependen de los años laborados y de monto del salario así:
Trabajadores con contrato a término indefinido que, al 27 de diciembre de 2002, tuvieran 10 o más años de servicios conservan la tabla anterior de indemnización, esto es 45 días de salario por el primer año y 40 por cada uno de los subsiguientes.
Trabajadores con contrato indefinido que no cuenten con 10 o más años al 27 de diciembre de 2002 su indemnización será la siguiente:
Si el trabajador devenga un salario fijo o su salario promedio es de hasta 10 salarios mínimos mensuales vigentes tendrá derecho a una indemnización equivalente a 30 días de salario por el primer año de servicios y 20 días por cada uno de los años subsiguientes.
Si el trabajador devenga un salario fijo o su salario promedio es mayor a 10 salarios mínimos mensuales vigentes tendrá derecho a una indemnización equivalente a 20 días de salario por el primer año de servicios y 15 por cada uno de los subsiguientes.
b) Para los Trabajadores con contrato a término fijo, la indemnización corresponde al salario de los días que falten para cumplir el término fijo pactado.
c) Trabajadores con contrato por obra o labor, la indemnización corresponde al salario del tiempo que falte para cumplir la obra o labor contratada, pero en ningún caso podrá ser inferior a 15 días.
Pregunta SINLIO cuál es el salario base para liquidar las indemnizaciones, pues si aplicas bien la tabla pero mal el salario, sigues quedando con un riesgo legal
コメント