Protege a hombres trabajadores cuya pareja (cónyuge o compañera permanente) se encuentre embarazada o en licencia de maternidad o en lactancia.
Impide la desvinculación del futuro padre de familia, sin previa autorización del Ministerio del Trabajo.
La pareja del trabajador debe depender económicamente de éste.
La sola dependencia económica no es suficiente para que opere la protección a favor del trabajador.
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